Documentación Ley de Memoria Democrática
Valcamti
•02/11/2022
Documentación Ley de Memoria Democrática
Descubre aquí los documentos que necesitarás para presentar la solicitud de nacionalidad española.
Documentación Ley de Memoria Democrática: Descubre aquí los documentos que necesitarás para presentar la solicitud de nacionalidad española.
En un post anterior os comentamos acerca del Procedimiento-para-la-nacionalidad-por-la-Ley de Memoria Democrática. A continuación relacionamos la documentación a presentar, según la Instrucción de 25 de octubre de 2022 de la Dirección general de Seguridad y Fe Pública Notarial.
Documentación/ a presentar:/
Común en todas las casuísticas:
- Documento de Identidad
- Certificación literal de nacimiento del solicitante
Para el caso 1a: Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles:
- Certificación literal de nacimiento del padre, madre abuelo o abuela que originalmente hubiera sido español.
- Si se solicita por el abuelo, certificación literal de nacimiento del padre o madre correspondiente.
Para el caso 1b: Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles y que hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual:
- Certificación literal de nacimiento del padre, madre abuelo o abuela que originalmente hubiera sido español.
- Si se solicita por el abuelo, certificación literal de nacimiento del padre o madre correspondiente.
- Documentación que acredite la condición de exiliado
Para el caso 2: Los hijos e hijas, nacidos en el exterior, de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros:
- Certificación literal de nacimiento de la madre española
- Certificación literal de matrimonio de la madre celebrado antes del 29/12/1978
- Si el matrimonio se celebró entre el 5/08/1954 y el 28/12/1978, acreditación de la adquisición por la madre de la nacionalidad del esposo y la legislación nacional por la cual la adquirió.
Para el caso 3: Los hijos e hijas mayores de edad de españoles que adquirieron la nacionalidad de origen por la propia Ley de Memoria Democrática (Ley 20/2022) o por la Ley de Memoria Histórica (Ley 52/2007):
- Certificación literal española de nacimiento del padre o madre, en la que conste que la adquirió de origen por la Ley 20/2022 o por la Ley 52/2007. Cuando se presente en el mismo registro donde se inscribió el nacimiento del padre o de la madre, bastará con indicar el tomo y el folio.
Para el caso 4: Los hijos de padre o madre originalmente español y nacido en España, que hubiesen optado a nacionalidad española no de origen en virtud del art. 20.1 b) del Código Civil y los hijos menores de edad de quienes adquirieron la nacionalidad española por la Ley de Memoria Histórica y que optaron (los hijos) por la nacionalidad no de origen en virtud del art. 20.1 a) del Código Civil:
- Certificación literal española de nacimiento del solicitante, en la que conste el motivo de adquisición de la nacionalidad por opción.